
Stella Doradus SOHO R4 LCD con kit de antena adicional - Repetidor multibanda con pantalla táctil
Stella Doradus LCD SOHO R4 con kit de antena adicional: Amplificador multibanda con pantalla táctil para cobertura de red optimizadoe. La pantalla LCD Stella Doradus SOHO R4 es un amplificador GSM 4G/5G gama alta diseñada para mejorar la conectividad móvil en cuatro bandas de frecuencia principales: 800 MHz, 900 MHz, 1800 MHz y 2100 MHz . Ideal para espacios pequeños como casas u oficinas de 1 a 3 habitaciones , este modelo se entrega con un kit de antena adicional para una cobertura ampliada y una distribución óptima de la señal.
Cobertura hecha a la medida de sus necesidades
- Surface cubierto : Hasta 200 m² con configuración de 1 a 3 habitaciones.
- Kit con antena adicional : La segunda antena incluida ayuda a mejorar la distribución de la señal en áreas remotas o de difícil acceso.
- Compatibilidad multiusuario : Mejora la señal para todos los dispositivos connected en el área cubierta, como teléfonos inteligentes, tabletas o módems.
Actuación de cuatro bandas
El amplificador R4 es compatible con todos los operadores móviles gracias a sus capacidades de amplificación en las bandas:
- 800MHz para 4G.
- 900 MHz para llamadas 2G/3G y GSM.
- 1800 MHz para 4Obtener llamadas de alta definición.
- 2100MHz para 3G/4G/5G.
Recordatorio regulatorio : Es imprescindible respetar la legislación vigente en cada país en cuanto a la instalación y uso de repetidores GSM (o UMTS). Por lo tanto, se recomienda verificar las regulaciones locales aplicables en el país en cuestión antes de cualquier instalación.
Por ejemplo, en Francia está prohibido instalar o utilizar un repetidor sin la correspondiente autorización administrativa o el acuerdo formal de los operadores interesados en las frecuencias transmitidas. El incumplimiento de estas normas expone al infractor a las sanciones penales previstas en el artículo L.39-1 del Código de Comunicaciones Postales y Electrónicas. Además, para cubrir los costes de intervención de la administración podrá aplicarse un impuesto de 450 euros, previsto en el artículo 45 II de la Ley de Hacienda de 1987 modificada.