Stella Doradus SOHO R4 LCD con kit de antena adicional - Repetidor multibanda con pantalla táctil
Stella Doradus SOHO R4 LCD con kit de antena adicional: Amplificador multibanda con pantalla táctil para una cobertura de red optimizada. El Stella Doradus SOHO R4 LCD es un amplificador GSM 4G/5G de alta gama diseñado para mejorar la conectividad móvil en cuatro bandas de frecuencia principales: 800 MHz, 900 MHz, 1800 MHz y 2100 MHz. Ideal para espacios pequeños como casas u oficinas de 1 a 3 habitaciones, este modelo se entrega con un kit de antena adicional para una cobertura ampliada y una distribución óptima de la señal.
Una cobertura a medida para sus necesidades
- Superficie cubierta : Hasta 200 m² con una configuración para 1 a 3 habitaciones.
- Kit con antena adicional : La segunda antena incluida permite mejorar la distribución de la señal en zonas de difícil acceso o alejadas.
- Compatibilidad multiusuario: Mejora la señal para todos los dispositivos conectados en la zona cubierta, tales como smartphones, tabletas o módems.
Rendimiento en cuatro bandas
El amplificador R4 es compatible con todos los operadores móviles gracias a sus capacidades de amplificación en las bandas:
- 800 MHz para la 4G.
- 900 MHz para la 2G/3G y las llamadas GSM.
- 1800 MHz para la 4G y llamadas en alta definición.
- 2100 MHz para la 3G/4G/5G.
Recordatorio de regulación: Es esencial respetar la legislación vigente en cada país respecto a la instalación y uso de repetidores GSM (o UMTS). Se recomienda verificar las regulaciones locales aplicables en el país correspondiente antes de cualquier instalación.
Por ejemplo, en Francia, está prohibido instalar o utilizar un repetidor sin la autorización administrativa adecuada o el acuerdo formal de los operadores involucrados en las frecuencias emitidas. El incumplimiento de esta regulación expone al infractor a sanciones penales previstas por el artículo L.39-1 del Código de Correos y Comunicaciones Electrónicas. Además, se puede aplicar un impuesto de 450 €, previsto por el artículo 45 II de la ley de finanzas para 1987 modificada, para cubrir los costos de intervención de la administración.