
Stella Doradus SOHO R5: amplificador de 5 bandas para una conectividad óptima
El Stella Doradus SOHO R5 Es una potente solución para mejorar la cobertura de la red móvil en interiores. Compatible con las frecuencias de 700 MHz, 800 MHz, 900 MHz, 1800 MHz y 2100 MHz. Este amplificador admite redes 2G, 3G, 4G y 5G. , proporcionando un rendimiento completo y confiable.
Cobertura amplia y multiusuario
- Surface cubierto :Hasta 200 m² en interiores, ideal para viviendas o pequeñas oficinas de 5 habitaciones.
- Multidispositivo :Fortalece la señal para cualquier teléfono, tableta u objeto connected en el área.
Tecnología avanzada y ajustes precisos
- Control automático Ajusta la ganancia y evita interferencias de red. Mejor transmisión de datos gracias a la antena YAGI.
- Temperatura de funcionamiento : Robusto de -30 a +70°C.
Frecuencias amplificadas y compatibilidad total
El SOHO R5 amplifica todas las bandas principales, lo que permite una cobertura óptima para llamadas de voz, mensajes de texto y datos móviles, independientemente del área geográfica o el operador.
Cumplimiento e instalación simplificada
- Normas de la UE :Legal y compatible con Europa (RED y conectores adecuados).
- Fácil instalación :Diseño compacto, cables incluidos, montaje rápido en pared.
Con el Stella Doradus SOHO R5, disfrute de una conectividad confiable y sin inconvenientes para sus necesidades comerciales o personales, incluso en áreas de bajo recepción.
Recordatorio reglamentario Es fundamental cumplir con la legislación vigente en cada país en lo que respecta a la instalación y el uso de repetidores GSM (o UMTS). Por lo tanto, se recomienda consultar la normativa local aplicable en el país antes de realizar cualquier instalación.
Por ejemplo, en Francia, está prohibido instalar o utilizar un repetidor sin la debida autorización administrativa o el acuerdo formal de los operadores afectados por las frecuencias emitidas. El incumplimiento de esta normativa expone al infractor a las sanciones penales previstas en el artículo L.39-1 del Código de Correos y Comunicaciones Electrónicas francés. Además, se puede aplicar un impuesto de 450 €, previsto en el artículo 45 II de la Ley de Finanzas modificada de 1987, para cubrir los costes de la intervención de la administración.